Aproximación a una teoría general de los contratos procesales

¿Es válido un contrato por el que las partes se obligan a no proponer un documento como medio de prueba? ¿Lo es un contrato por el que las partes se obligan a no recurrir una futura sentencia, a no solicitar medidas cautelares o a no ejercitar acciones ejecutivas? ¿Y un contrato por el que las parte...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Schumann Barragán, Guillermo José
Tipo de recurso: capítulo de libro
Fecha de publicación:2023
País:España
Institución:Universidad Complutense de Madrid (UCM)
Repositorio:Docta Complutense
Idioma:español
OAI Identifier:oai:docta.ucm.es:20.500.14352/87928
Acceso en línea:https://hdl.handle.net/20.500.14352/87928
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:347.94
Derecho procesal civil
Contratos procesales
Derecho
Derecho civil
Derecho procesal
Derecho constitucional
56 Ciencias Jurídicas y Derecho
Descripción
Sumario:¿Es válido un contrato por el que las partes se obligan a no proponer un documento como medio de prueba? ¿Lo es un contrato por el que las partes se obligan a no recurrir una futura sentencia, a no solicitar medidas cautelares o a no ejercitar acciones ejecutivas? ¿Y un contrato por el que las partes modifican el plazo procesal para contestar a la demanda o para presentar un recurso ordinario? ¿Cuál es el objeto de estos contratos? ¿Qué consecuencias procesales o materiales tiene su incumplimiento? Todos estos contratos tienen algo en común: son contratos procesales a través de los que las partes pretenden influir en un proceso. El presente trabajo pretende aproximarse a una teoría general del contrato procesal. En concreto, se abordarán cuestiones como (i) qué es un contrato procesal; (ii) de qué depende su validez; (iii) qué eficacia tiene; y (iv) cómo se integra en el ordenamiento procesal positivo. Por último se examinarán (v) dos contratos procesales particulares —lo cual permitirá aplicar la teoría general expuesta a dos supuestos concretos—; y (vi) qué función económica cumplen los contratos procesales en la realidad.