La tributación del comercio electrónico transfronterizo en el IVA: el nuevo régimen tributario de las ventas a distancia y las interfaces digitales
El presente trabajo tiene por objeto la exposición y análisis de los antecedentes y de la nueva regulación sobre la tributación en el impuesto sobre el valor añadido (IVA) del comercio electrónico transfronterizo, en vigor desde el 1 de julio de 2021, y que ha supuesto la extensión del principio de...
| Autor: | |
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| Tipo de recurso: | artículo |
| Fecha de publicación: | 2021 |
| País: | España |
| Institución: | Universidad de Huelva (UHU) |
| Repositorio: | Arias Montano. Repositorio Institucional de la Universidad de Huelva |
| Idioma: | español |
| OAI Identifier: | oai:ariasmontano.uhu.es:10272/22789 |
| Acceso en línea: | https://hdl.handle.net/10272/22789 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | Impuesto sobre el Valor añadido Comercio electrónico Ventas a distancia Ventanilla única 5605.06 Derecho Fiscal |
| Sumario: | El presente trabajo tiene por objeto la exposición y análisis de los antecedentes y de la nueva regulación sobre la tributación en el impuesto sobre el valor añadido (IVA) del comercio electrónico transfronterizo, en vigor desde el 1 de julio de 2021, y que ha supuesto la extensión del principio de tributación en destino respecto de las ventas a distancia intracomunitarias de bienes y ventas a distancia de bienes importados, al reducirse los anteriores umbrales de imposición fijados por cada país por uno único a escala comunitaria en la cuantía de 10.000 euros. Paralelamente, se amplía el ámbito de aplicación de los regímenes especiales de ventanilla única: el «régimen exterior de la Unión» y el «régimen de la Unión»; y se crea uno nuevo, el «régimen de importación», así como una nueva «modalidad especial para la declaración y liquidación del IVA sobre las importaciones», que acompaña la supresión de la exención en las importaciones de escaso valor. Asimismo, con la finalidad de asegurar la recaudación y evitar el fraude se involucra en la aplicación del impuesto a las interfaces digitales a las que se les considera «sujetos pasivos proveedores» en determinadas operaciones. |
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