El convenio bilateral de Seguridad Social suscrito entre España y Ucrania

La Seguridad Social convencional implica un conjunto de normas pactadas entre dos o más Estados, dirigidas a evitar que el individuo vea eliminados o reducidos sus derechos, en materia de prestaciones sociales, al cambiar su residencia de uno a otro país, pero sin que ello afecte a la legislación in...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: González Martínez, José Antonio
Tipo de recurso: artículo
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2018
País:España
Institución:Universidad de Sevilla (US)
Repositorio:idUS. Depósito de Investigación de la Universidad de Sevilla
OAI Identifier:oai:idus.us.es:11441/86549
Acceso en línea:https://hdl.handle.net/11441/86549
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Seguridad Social convencional
Instrumento bilateral
Coordinación
Unicidad de la Ley
Conventional Social Security
Bilateral Instrument
Coordination
Uniqueness of the Law
Descripción
Sumario:La Seguridad Social convencional implica un conjunto de normas pactadas entre dos o más Estados, dirigidas a evitar que el individuo vea eliminados o reducidos sus derechos, en materia de prestaciones sociales, al cambiar su residencia de uno a otro país, pero sin que ello afecte a la legislación interna de tales Estados. No todos los convenios bilaterales regulan todas las prestaciones, ni con el mismo grado de protección. El Convenio de Seguridad Social suscrito entre España y Ucrania en 1996, como Instrumento bilateral de Seguridad Social de cabecera, es fiel reflejo de lo que los Estados miembros consideran como una de sus competencias en exclusiva: las relaciones con terceros Estados en el ámbito de la Seguridad Social, si bien apreciamos que la soberanía de los Estados no es total pues operan limitaciones comunitarias.