Los complementos de las Comunidades Autónomas a las pensiones no contributivas: un impulso a un nuevo modelo de asistencia social
Los complementos de las Comunidades Autónomas alas pensiones no contributivas de jubilación e invalidezson asignaciones económicas reguladas y otorgadaspor aquéllas a quienes tienen la condición debeneficiarios de tales pensiones con arreglo a lasnormas que las regulan y que se caracterizan por tene...
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| Tipo de recurso: | artículo |
| Estado: | Versión publicada |
| Fecha de publicación: | 2006 |
| País: | España |
| Institución: | Universidad de Sevilla (US) |
| Repositorio: | idUS. Depósito de Investigación de la Universidad de Sevilla |
| OAI Identifier: | oai:idus.us.es:11441/96678 |
| Acceso en línea: | https://hdl.handle.net/11441/96678 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | Pensiones Comunidades Autónomas Pensiones no contributivas Ayudas complementarias a pensiones no contributivas Pensions Self-governing Regions Social Security Benefits Supplementary payments to Social Security Benefits |
| Sumario: | Los complementos de las Comunidades Autónomas alas pensiones no contributivas de jubilación e invalidezson asignaciones económicas reguladas y otorgadaspor aquéllas a quienes tienen la condición debeneficiarios de tales pensiones con arreglo a lasnormas que las regulan y que se caracterizan por tenernaturaleza extraordinaria y agotarse en un pago únicoa cargo de los presupuestos de las propiasComunidades Autónomas. El presente trabajo versasobre el régimen competencial de este tipo deasignaciones económicas y sobre la trascendencia realde la actividad de las Comunidades Autónomas decara a preverlas y otorgarlas.Como es conocido, la controversia acerca de si lascompetencias de las Comunidades Autónomasalcanzaban la facultad de prever complementoseconómicos cuyos destinatarios fueran los beneficiariosde pensiones no contributivas fue resuelta por la STC239/2002. La cuestión central es definir la materia"asistencia y servicios sociales" que constituye el objetode la competencia autonómica y delimitarla respectode la materia "Seguridad Social", acerca de la cualcorresponde al Estado la competencia para establecerla legislación básica y régimen económico, sin perjuiciode la ejecución de sus servicios por las Comunidades. |
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