El sistema de protección temporal de desplazados en la Europa comunitaria

El 20 de julio ele 2001 se adopta la Directiva 2001l55/CE de! Consejo, relativa a las normas minimas para la concesión de protección temporal en caso de afluencia masiva de personas desplazadas ya medidas de un esfuerzo equitativo entre los Estados miembros para acoger a dichas personas y asumir las...

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Detalhes bibliográficos
Autor: Arenas Hidalgo, Nuria Cinta
Formato: livro
Fecha de publicación:2005
País:España
Recursos:Universidad de Huelva (UHU)
Repositorio:Arias Montano. Repositorio Institucional de la Universidad de Huelva
Idioma:español
OAI Identifier:oai:ariasmontano.uhu.es:10272/15727
Acesso em linha:http://hdl.handle.net/10272/15727
Access Level:acceso abierto
Palavra-chave:European Union Law
Unión Europea
Desplazados
Displaced
Protección temporal
Temporary protection
Descrição
Resumo:El 20 de julio ele 2001 se adopta la Directiva 2001l55/CE de! Consejo, relativa a las normas minimas para la concesión de protección temporal en caso de afluencia masiva de personas desplazadas ya medidas de un esfuerzo equitativo entre los Estados miembros para acoger a dichas personas y asumir las consecuencias de su acogida, Se coronaban de esta forma los esfuerzos normativos iniciados a mediados de la década de los años noventa cuando el conflicto producido en la antigua Yugoslavia sorprende a Europa -y pone a prueba el grado y la calidad de su integración-, con e! mayor éxodo masivo de población producido en nuestras fronteras, fenómeno del que -en esas proporciones cuantitativas y cualitativas- no se tenía memoria desde la Segunda Guerra Mundial. Con objeto de ofrecer una respuesta común a la demanda de protección territorial de estas poblaciones en peligro se emprenden una serie de iniciativas que desembocan en la actual Directiva de Protección Temporal. Dicha norma responde al artículo 63,2 del Tratado CE y constituye el primer instrumento jurídico que aborda los desplazamientos en masa desde la perspectiva de su acogida protectora en e! territorio de los Estados miembros a través de un dispositivo de carácter excepcional que se inicia en las instancias comunitarias y se basa en un reparto equitativo de las cargas asociadas a dicha acogida.