Resolución por incumplimiento en los contratos de distribución

[ES] Tras analizar la casuística jurisprudencial y comprobar la multitud de obligaciones cuyo incumplimiento hace procedente la resolución del contrato, conviene que las partes —sobre todo el distribuidor— estudien bien el contenido de los deberes que se comprometen a realizar. La buena fe y la leal...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: González Orús Charro, Martín José
Tipo de recurso: capítulo de libro
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2015
País:España
Institución:Universidad de Salamanca (USAL)
Repositorio:GREDOS. Repositorio Institucional de la Universidad de Salamanca
OAI Identifier:oai:gredos.usal.es:10366/167708
Acceso en línea:http://hdl.handle.net/10366/167708
Access Level:acceso embargado
Palabra clave:Resolución
Contrato
incumplimiento
5605.08 Derecho Privado
Descripción
Sumario:[ES] Tras analizar la casuística jurisprudencial y comprobar la multitud de obligaciones cuyo incumplimiento hace procedente la resolución del contrato, conviene que las partes —sobre todo el distribuidor— estudien bien el contenido de los deberes que se comprometen a realizar. La buena fe y la lealtad en los negocios se traduce —en este caso— en el compromiso de cumplimiento de las obligaciones asumidas —cuyo contenido se presupone establecido de manera razonable—; y, de otra parte, en la toma racional y no arbitraria de la decisión extintiva del contrato en caso de incumplimiento cuando el perjuicio sea lo suficientemente grave como para frustrar el fin perseguido por el contrato. No se deberá impulsar la acción resolutoria ante incumplimientos mínimos o de escasa relevancia, puesto que no generan daño suficiente alguno, aunque sí pueden manifestar la mala fe en la conducta de quien la ejercita. Por eso, cuando se produzcan incumplimientos, será necesario examinar con criterios razonables la procedencia o no de la resolución en atención al impacto que supone para la relación en su conjunto.