La libertad de programación de radiodifusión : (un desarrollo del art. 20 de la Constitución Española)

El objeto de la tesis es la libertad de programación definida como la facultad de difundir programas, definida como la facultad de difundir programas audiovisuales a través de la radio y la televisión. La principal conclusión es que este poder forma parte del contenido esencial del derecho fundament...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Díaz Arias, Rafael
Tipo de recurso: tesis doctoral
Fecha de publicación:2003
País:España
Institución:Universidad Complutense de Madrid (UCM)
Repositorio:Docta Complutense
Idioma:español
OAI Identifier:oai:docta.ucm.es:20.500.14352/61506
Acceso en línea:https://hdl.handle.net/20.500.14352/61506
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Libertad de información Derecho constitucional España
Comunicación audiovisual
Derecho constitucional
5605.04 Derecho Constitucional
Descripción
Sumario:El objeto de la tesis es la libertad de programación definida como la facultad de difundir programas, definida como la facultad de difundir programas audiovisuales a través de la radio y la televisión. La principal conclusión es que este poder forma parte del contenido esencial del derecho fundamental a la información, tal y como se reconoce en el art. 20 de la Constitución Española. En el primer capítulo se establece el concepto del derecho a la información, a partir de la Declaración Universal, el derecho internacional y el derecho comaprado, para terminar estudiando las Constitución Española. En el segundo capítulo se examina el régimen jurídico de los medios audiovisuales, con especial atención a la polemica del servicio público, la televisión digital y los sitemas de acceso condicional. En el tercer capítulo se construye el concepto de libertad de programación, que se concreta en independencia editorial, participación institucional y profesional, derecho de respuesta y acceso. En el cuarto capítulo se confronta con la libertad de recepción y se estudia el régimen de la publicidad, la protección de los menores y el autocontrol.