Reflexiones acerca de la improcedencia de Reflexiones acerca de la improcedencia de declarar responsable solidario -Ex Art 42.1.A) LGT- al receptor de facturas falsas imputado por delito fiscal respecto de la sanción impuesta al emisor de la factura

El presente artículo analiza en qué medida es posible exigir, por la vía de la responsabilidad solidaria de naturaleza tributaria, a una empresa receptora de facturas falsas, las sanciones impuestas a la entidad que emitió dichas facturas. La responsabilidad vendría de haber colaborado en la infracc...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Puebla Agramunt, Nuria
Tipo de recurso: artículo
Fecha de publicación:2014
País:España
Institución:Universidad a Distancia de Madrid (UDIMA)
Repositorio:udiMundus. Repositorio Institucional de la Universidad a Distancia de Madrid
OAI Identifier:oai:udimundus.udima.es:20.500.12226/3105
Acceso en línea:http://hdl.handle.net/20.500.12226/3105
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:responsabilidad tributaria
responsabilidad solidaria
facturas falsas
sanciones
procedimiento penal
delito fiscal
non bis in idem
prejudicialidad penal
Descripción
Sumario:El presente artículo analiza en qué medida es posible exigir, por la vía de la responsabilidad solidaria de naturaleza tributaria, a una empresa receptora de facturas falsas, las sanciones impuestas a la entidad que emitió dichas facturas. La responsabilidad vendría de haber colaborado en la infracción consistente en emitir facturas falsas. Es determinante que, al mismo tiempo, la receptora de las facturas está siendo objeto de procedimiento penal por posible delito fiscal consistente en utilizar dichas facturas para minorar su cuota tributaria. Aunque la Administración tributaria parece intentar esta exigencia de responsabilidad, entendemos que puede sostenerse que ello atenta contra principios esenciales como el non bis in idem y contra institutos como la prejudicialidad penal.