Reflexiones acerca de la improcedencia de Reflexiones acerca de la improcedencia de declarar responsable solidario -Ex Art 42.1.A) LGT- al receptor de facturas falsas imputado por delito fiscal respecto de la sanción impuesta al emisor de la factura
El presente artículo analiza en qué medida es posible exigir, por la vía de la responsabilidad solidaria de naturaleza tributaria, a una empresa receptora de facturas falsas, las sanciones impuestas a la entidad que emitió dichas facturas. La responsabilidad vendría de haber colaborado en la infracc...
| Autor: | |
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| Tipo de recurso: | artículo |
| Fecha de publicación: | 2014 |
| País: | España |
| Institución: | Universidad a Distancia de Madrid (UDIMA) |
| Repositorio: | udiMundus. Repositorio Institucional de la Universidad a Distancia de Madrid |
| OAI Identifier: | oai:udimundus.udima.es:20.500.12226/3105 |
| Acceso en línea: | http://hdl.handle.net/20.500.12226/3105 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | responsabilidad tributaria responsabilidad solidaria facturas falsas sanciones procedimiento penal delito fiscal non bis in idem prejudicialidad penal |
| Sumario: | El presente artículo analiza en qué medida es posible exigir, por la vía de la responsabilidad solidaria de naturaleza tributaria, a una empresa receptora de facturas falsas, las sanciones impuestas a la entidad que emitió dichas facturas. La responsabilidad vendría de haber colaborado en la infracción consistente en emitir facturas falsas. Es determinante que, al mismo tiempo, la receptora de las facturas está siendo objeto de procedimiento penal por posible delito fiscal consistente en utilizar dichas facturas para minorar su cuota tributaria. Aunque la Administración tributaria parece intentar esta exigencia de responsabilidad, entendemos que puede sostenerse que ello atenta contra principios esenciales como el non bis in idem y contra institutos como la prejudicialidad penal. |
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