Medidas cautelares en el proceso para exigir responsabilidad penal a los menores, y, en especial, la libertad vigilada
La creciente preocupación social por el aumento de la delincuencia juvenil, junto con la falta de efectividad de las reformas legislativas recientes que han endurecido las sanciones, subraya la necesidad urgente de adoptar soluciones educativas que favorezcan la reintegración del menor. En este cont...
| Author: | |
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| Format: | master thesis |
| Status: | Versión enviada para evaluación y publicación |
| Publication Date: | 2025 |
| Country: | España |
| Institution: | Universidad de Sevilla (US) |
| Repository: | idUS. Depósito de Investigación de la Universidad de Sevilla |
| OAI Identifier: | oai:idus.us.es:11441/177423 |
| Online Access: | https://hdl.handle.net/11441/177423 |
| Access Level: | Open access |
| Keyword: | Proceso penal Proceso penal de menores Medidas cautelares Menor infractor Rehabilitación Internamiento Libertad vigilada Sistema penal juvenil Justicia penal |
| Summary: | La creciente preocupación social por el aumento de la delincuencia juvenil, junto con la falta de efectividad de las reformas legislativas recientes que han endurecido las sanciones, subraya la necesidad urgente de adoptar soluciones educativas que favorezcan la reintegración del menor. En este contexto, el presente trabajo de fin de máster propone un análisis de la medida de libertad vigilada como herramienta educativa y preventiva en el marco del proceso penal juvenil, especialmente a la luz de las reformas introducidas por la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, y de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, que modifican la LORPM. Esta medida, aunque no implica la privación de libertad, permite un seguimiento cercano de la conducta del menor, favoreciendo su intervención socio-pedagógica y supervisión, lo que resulta fundamental para su reintegración social y la prevención de reincidencias. El trabajo se centra en el análisis de las medidas cautelares personales reguladas por la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores (en adelante, LORPM), con especial énfasis en la libertad vigilada. Aunque esta medida no conlleva la privación de libertad, se reconoce su relevancia como una alternativa efectiva y menos intrusiva para garantizar el cumplimiento de la sentencia condenatoria, promoviendo un control adecuado de la conducta del menor sin vulnerar sus derechos fundamentales. Esta medida ha cobrado mayor importancia en el marco de las reformas legislativas recientes, que han orientado la justicia juvenil hacia un enfoque más restaurador y orientado a la reintegración. Además, se analiza la viabilidad de incorporar medidas cautelares de carácter real, a pesar de que la legislación actual no las menciona de manera explícita. Si bien este aspecto no se desarrolla de forma detallada, se reconoce su potencial como complemento a las medidas existentes, contribuyendo a la eficacia del sistema y a la protección de la sociedad, mediante instrumentos como la prohibición de acercamiento o la intervención en el entorno del menor. El trabajo también subraya la importancia de los principios de excepcionalidad, proporcionalidad e instrumentalidad, que deben regir la aplicación de cualquier medida cautelar en el ámbito penal juvenil. En este marco, la Ley de Enjuiciamiento Criminal de 14 de septiembre de 1882 (en adelante, LECrim) proporciona el soporte normativo necesario para la implementación de medidas cautelares. Así, la libertad vigilada se presenta como una opción eficaz frente a las medidas privativas de libertad, favoreciendo una reintegración equilibrada del menor y respetando sus derechos fundamentales, en consonancia con los objetivos restaurativos promovidos por las últimas reformas en el sistema penal juvenil. |
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