Las reformas territoriales en Alemania y en España y la sostenibilidad del paradigma autonómico español
El día 28 de agosto de 2006 se aprobó, finalmente, la Ley de reforma de la Ley Fundamental de Bonn (Grundgesetz, GG en adelante), por la que se modifican 25 artículos de la misma, relativos todos ellos a la estructura federal de la República Federal (1). Aesta reforma constitucional siguió inmediata...
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| Tipo de recurso: | artículo |
| Estado: | Versión publicada |
| Fecha de publicación: | 2006 |
| País: | España |
| Institución: | Varias* (Consorci de Biblioteques Universitáries de Catalunya, Centre de Serveis Científics i Acadèmics de Catalunya) |
| Repositorio: | Recercat. Dipósit de la Recerca de Catalunya |
| OAI Identifier: | oai:recercat.cat:2445/162618 |
| Acceso en línea: | https://hdl.handle.net/2445/162618 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | Alemanya (República Federal) Federalisme Espanya Comunitats autònomes Dret constitucional Germany (West) Federalism Spain Autonomous communities Constitutional law |
| Sumario: | El día 28 de agosto de 2006 se aprobó, finalmente, la Ley de reforma de la Ley Fundamental de Bonn (Grundgesetz, GG en adelante), por la que se modifican 25 artículos de la misma, relativos todos ellos a la estructura federal de la República Federal (1). Aesta reforma constitucional siguió inmediatamente la Ley de acompañamiento de la reforma constitucional, de 5 de septiembre de 2006, que modificaba 21 leyes federales para adecuarlas al contenido de la reforma constitucional (2). Cabe decir finalmente, no porque la reforma de la GG sea algo extraordinario en Alemania, sino porque ésta en particular ha resultado especialmente trabajosa y difícil, habiendo culminado sólo después de un largo y complejo proceso, que empezó formalmente en octubre de 2003 (3) y que contó en su camino con algún fracaso sonado (4). Es sin duda la reforma más extensa del federalismo alemán desde 1949, por la cantidad de disposiciones de la GG modificadas, y probablemente también una de las de mayor calado, equiparable sólo a la introducción de las «tareas comunes», con la consiguiente reforma financiera, en 1969, y de la cláusula europea en 1992 [...]. |
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