Tutela judicial y alternativas al proceso: instrumentos adecuados para la protección de los derechos de las personas mayores

La forma de resolución de conflictos se encuentra fuertemente relacionada con los tribunales, y principalmente a partir de la regulación de la Unión Europea se introducen en nuestro ordenamiento otras formas de resolución de conflictos, tradicionalmente calificadas como «alternativas» o ADR, que en...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Soleto Muñoz, Helena
Tipo de recurso: artículo
Fecha de publicación:2021
País:España
Institución:Universidad Autónoma de Madrid
Repositorio:Biblos-e Archivo. Repositorio Institucional de la UAM
Idioma:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uam.es:10486/706920
Acceso en línea:http://hdl.handle.net/10486/706920
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:ADR
Métodos adecuados de resolución de conflictos
MASC
Mediación
Proceso civil
Negociación
Personas mayores
Conflicto
Anteproyecto de Ley
Eficiencia
Derecho
Descripción
Sumario:La forma de resolución de conflictos se encuentra fuertemente relacionada con los tribunales, y principalmente a partir de la regulación de la Unión Europea se introducen en nuestro ordenamiento otras formas de resolución de conflictos, tradicionalmente calificadas como «alternativas» o ADR, que en la mayor de los casos son complementos al sistema de Justicia. La normativa de mediación civil en España es consecuencia de la europea, y será ampliada y reforzada con otros métodos por iniciativas legislativas en trámite. El nuevo paradigma de Justicia del siglo xxi, no solo abarca el concepto clásico de juzgar y ejecutar lo juzgado sino que se extiende a la eficacia y la satisfacción mayor posible de los ciudadanos, con la utilización del método de resolución de conflictos más adecuado, que no siempre será el proceso judicial. Se describen los métodos adecuados de resolución de conflictos que se pueden aplicar en el ámbito del conflicto que afecte a las personas mayores, incluyendo referencias al Anteproyecto de Ley de Medidas de Eficiencia Procesal del Servicio Público de Justicia, aprobado en Consejo de Ministros el 15 de diciembre de 2020 y las cautelas que se han de desarrollar en su práctica