El plazo de caducidad de la acción sancionadora de la Administración tributaria
El objeto del presente trabajo es el plazo de caducidad de la acción sancionadora de la Administración tributaria, el cual, regulado en el art. 209.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, ha pasado de 3 a 6 meses tras su ampliación introducida por la Ley 11/2021, de 9 de julio....
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| Tipo de recurso: | artículo |
| Estado: | Versión aceptada para publicación |
| Fecha de publicación: | 2022 |
| País: | España |
| Institución: | Universitat Oberta de Catalunya (UOC) |
| Repositorio: | O2, repositorio institucional de la UOC |
| OAI Identifier: | oai:openaccess.uoc.edu:10609/151600 |
| Acceso en línea: | https://hdl.handle.net/10609/151600 |
| Access Level: | acceso embargado |
| Palabra clave: | Acción sancionadora de la Administración tributaria plazo de caducidad ampliación Sanctioning action of the Tax Administration deadline extension |
| Sumario: | El objeto del presente trabajo es el plazo de caducidad de la acción sancionadora de la Administración tributaria, el cual, regulado en el art. 209.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, ha pasado de 3 a 6 meses tras su ampliación introducida por la Ley 11/2021, de 9 de julio. Así, además de valorar la procedencia de su modificación, se precisarán los principales aspectos que deben tenerse en cuenta en su aplicación, resaltando al mismo tiempo determinadas cuestiones problemáticas y algunas carencias que sigue planteando su regulación actual. |
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