La gestación por sustitución

La gestación por sustitución no está admitida en el ordenamiento jurídico español, pero si la modalidad altruista en otros países europeos. En este artículo se discuten los argumentos que se utilizan para dudar de su carácter altruista, así como las preocupaciones en torno a la dignidad de la gestan...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Igareda, Noelia|||0000-0002-3748-0226
Tipo de recurso: artículo
Fecha de publicación:2018
País:España
Institución:Universitat Autònoma de Barcelona
Repositorio:Dipòsit Digital de Documents de la UAB
Idioma:español
OAI Identifier:oai:ddd.uab.cat:201433
Acceso en línea:https://ddd.uab.cat/record/201433
https://dx.doi.org/urn:doi:10.1344/rbd2018.0.20574
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Gestación por sustitución
Altruismo
Filiación
Acuerdo reproductivo colaborativo
Turismo reproductivo
Surrogacy
Altruism
Filiation
Reproductive collaborative agreement
Reproductive tourism
Gestació per substitució
Altruisme
Filiació
Acord reproductiu col·laboratiu
Turisme reproductiu
Descripción
Sumario:La gestación por sustitución no está admitida en el ordenamiento jurídico español, pero si la modalidad altruista en otros países europeos. En este artículo se discuten los argumentos que se utilizan para dudar de su carácter altruista, así como las preocupaciones en torno a la dignidad de la gestante y del bebé, que tienen más que ver con la repulsa moral que ocasiona la creencia en el instinto maternal y la teoría del apego con vínculo genético o biológico. Se defiende la admisión de la gestación por sustitución como una nueva forma de filiación a través de un acuerdo reproductivo de carácter colaborativo, donde prime la voluntad procreacional, creando un instrumento jurídico que de seguridad a las partes implicadas y garantice sus derechos fundamentales.