La ordenación farmacéutica y el acceso al medicamento en las zonas rurales: especial referencia a la Comunidad Autónoma de Castilla y León

[ES] La Declaración contenida en la Constitución de la OMS define la salud como «un estado de completo bienestar físico, mental y social», sin que tal concepto pueda quedar limitado a «la ausencia de afecciones y enfermedades y reconociendo que «el goce del grado máximo de salud que se puede lograr...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Quirós Hidalgo, José Gustavo
Tipo de recurso: capítulo de libro
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2023
País:España
Institución:Universidad de León
Repositorio:BULERIA. Repositorio Institucional de la Universidad de León
OAI Identifier:oai:buleria.unileon.es:10612/23536
Acceso en línea:https://hdl.handle.net/10612/23536
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social
Medicina. Salud
Salud
Farmacia
Medicamento
Rural
Castilla y León
5605.08 Derecho Privado
Descripción
Sumario:[ES] La Declaración contenida en la Constitución de la OMS define la salud como «un estado de completo bienestar físico, mental y social», sin que tal concepto pueda quedar limitado a «la ausencia de afecciones y enfermedades y reconociendo que «el goce del grado máximo de salud que se puede lograr es uno de los derechos fundamentales de todo ser humano sin distinción. Bajo tan amplias directrices, todos los Estados -en mayor o menor medida- han empleado los medios y esfuerzos oportunos en protegerla y garantizarla; en España, la Carta Fundamental la configura como un bien jurídico digno de la más alta protección, al punto de elevarla a uno de los principios rectores de la política social y económica (art. 43 CE), al reconocer el derecho «a la protección de la salud» y atribuir a los poderes públicos la competencia para «organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios», estableciendo una reserva de ley para concretar los derechos y deberes al respecto. A partir de tal mandato constitucional, y superando antiguas épocas caracterizadas por la beneficencia pública o privada y religiosa o laica, los poderes públicos han articulado diversos mecanismos para hacer efectiva la asistencia sanitaria y, por cuanto ahora importa, la farmacéutica, primero a través de los seguros sociales y el posterior sistema de Seguridad Social y luego mediante el Sistema Nacional de Salud.