En torno a la injuria cometida contra el esclavo dado en usufructo

Un análisis del fragmento de los Comentarios al Edicto de Ulpiano recogido en D. 47,10,15,47 nos lleva a considerar la injuria cometida contra el esclavo objeto de usufructo. Como es sabido, en Derecho romano el siervo tiene la consideración de cosa, lo que permite que pueda ser objeto de ciertos de...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Guerrero Lebrón, Macarena
Tipo de recurso: artículo
Fecha de publicación:2007
País:España
Institución:Universidad Pablo de Olavide (UPO)
Repositorio:RIO. Repositorio Institucional Olavide
Idioma:español
OAI Identifier:oai:rio.upo.es:10433/24792
Acceso en línea:https://hdl.handle.net/10433/24792
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Esclavo
Injuria
Injuria indirecta
Usufructo
Descripción
Sumario:Un análisis del fragmento de los Comentarios al Edicto de Ulpiano recogido en D. 47,10,15,47 nos lleva a considerar la injuria cometida contra el esclavo objeto de usufructo. Como es sabido, en Derecho romano el siervo tiene la consideración de cosa, lo que permite que pueda ser objeto de ciertos derechos reales, entre los que se cuenta el derecho de usufructo. Sin embargo, al mismo tiempo, se le reconoce la condición de persona, lo que conduce igualmente a proteger ciertas facetas del mismo en cuanto ser humano. Asimismo, es sabido que el delito de iniuria, a raíz de la superación de la regulación prevista en las XII Tablas y gracias a la Lex Aquilia, sólo se refiere a personas libres. No obstante, existe una modalidad de injuria, que suele calificarse como indirecta y que consiste en la realización de una actuación injuriosa contra el servus en perjuicio de su dominus.