El complemento de régimen preposicional: criterios para su identificación
Este artículo, que recoge diversos estudios realizados en torno a los complementos de régimen preposicional (o suplementos), surge con una doble intención: por una parte se intenta profundizar en el análisis de un tipo de complementos sobre el que hay opiniones contrapuestas y, por otra, desde una p...
| Autor: | |
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| Tipo de recurso: | artículo |
| Fecha de publicación: | 1998 |
| País: | España |
| Institución: | Universidad Autónoma de Madrid |
| Repositorio: | Biblos-e Archivo. Repositorio Institucional de la UAM |
| Idioma: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorio.uam.es:10486/667789 |
| Acceso en línea: | http://hdl.handle.net/10486/667789 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | C.R.P. C.C. C. D. Transitividad preposicional Criterios diferenciadores Régimen Nuclear Marginal Obligatoriedad Desemantización preposicional Filología |
| Sumario: | Este artículo, que recoge diversos estudios realizados en torno a los complementos de régimen preposicional (o suplementos), surge con una doble intención: por una parte se intenta profundizar en el análisis de un tipo de complementos sobre el que hay opiniones contrapuestas y, por otra, desde una perspectiva didáctica, se pretende facilitar a los estudiantes una serie de criterios que permitan su identificación. La denominación de complemento de régimen preposicional obedece a un criterio sintáctico-formal: estamos ante complementos regidos, seleccionados, por el verbo que requieren la presencia de una preposición. En este trabajo presentamos las hipótesis de diferentes autores, al tiempo que cuestionamos o reelaboramos algunas de sus ideas. A continuación, y tras mostrar algunas tablas, agrupamos todos los criterios -dispersos en la obra de muchos estudiosos- útiles para identificar estos complementos y establecemos, en primer lugar, una comparación con el C.D., con el que tiene una gran similitud semántica e, incluso, sintáctica ya que, en ocasiones, ambos responden a las mismas pruebas de identificación. En segundo lugar, establecemos la comparación con los C.C., con los que únicamente tienen una identidad formal pero no sintáctica o semántica; de esta comparación se deduce que estamos frente a un complemento diferente, que se caracteriza, básicamente, por estar regido por el verbo y constituir con él, por tanto, un predicado transitivo. |
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