De acordibus: El espíritu de los contratos
En la ciencia jurídica se viene entendiendo desde hace largo tiempo que el centro neu-rálgico del denominado Derecho civil patrimonial está integrado por la doble figura de las obligaciones y los contratos. En este trabajo se pretende dar un vuelco a esta con-cepción. Por un lado, al defender que la...
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| Tipo de recurso: | tesis doctoral |
| Fecha de publicación: | 2015 |
| País: | España |
| Institución: | Universidad Católica de Valencia San Vicente Mártir |
| Repositorio: | RIUCV. Repositorio de la Universidad Católica de Valencia San Vicente Mártir |
| Idioma: | español |
| OAI Identifier: | oai:riucv.ucv.es:20.500.12466/666 |
| Acceso en línea: | http://hdl.handle.net/20.500.12466/666 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | Derecho civil patrimonial Ordenamiento jurídico 56 Ciencias Jurídicas y Derecho 5602.05 Derecho Natural 5605.02 Derecho Civil 72 Filosofía |
| Sumario: | En la ciencia jurídica se viene entendiendo desde hace largo tiempo que el centro neu-rálgico del denominado Derecho civil patrimonial está integrado por la doble figura de las obligaciones y los contratos. En este trabajo se pretende dar un vuelco a esta con-cepción. Por un lado, al defender que la obligación es únicamente una manera de rea-lizar las prestaciones de dos o más codeudores en una prestación. Y, por el otro, al afirmar que no es el contrato, sino el acuerdo, el que debe servir como eje de rotación de la disciplina. Se hace, al mismo tiempo, un repaso general de todos los principales conceptos previos, simultáneos y posteriores que acompañan al acuerdo y sus figuras afines a lo largo de su vida jurídica. Todo ello se encuadra además en una única es-tructura árbol grafiada, en la que la causa, ajena al acuerdo, juega un papel de simple relación entre una acción (en la que el acuerdo está integrado) y su efecto. Por último, se defiende el necesario respeto al Derecho natural y a los principios generales del derecho como la única forma de poder concebir y desarrollar dicha estructura como un sistema, en el cual ninguna excepción puede tener cabida. Para demostrar dicha in-compatibilidad, las consideradas tradicionalmente como excepciones a los principios generales son analizadas y criticadas por su autor, quien busca en todo momento una interpretación integradora de las mismas. |
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