¿Colmando los espacios de "no derecho" en el convenio europeo de derechos humanos?

I. LA APLICACIÓN RATIONE LOCI DE LOS TRATADOS DE DERECHOS HUMANOS Y EL PROBLEMA DE LA EXTRATERRITORIALIDAD.A. La extraterritorialidad de los instrumentos de derechos humanos: la doctrina de los órganos de control. B. ¿Una aceptación generalizada del alcance extraterritorial de las disposiciones en m...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: González Vega, Javier Andrés|||0000-0002-9110-7051
Tipo de recurso: artículo
Fecha de publicación:2008
País:España
Institución:Universidad de Oviedo (UNIOVI)
Repositorio:RUO. Repositorio Institucional de la Universidad de Oviedo
Idioma:español
OAI Identifier:oai:digibuo.uniovi.es:10651/37464
Acceso en línea:http://hdl.handle.net/10651/37464
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Derechos humanos
Convenio Europeo
Descripción
Sumario:I. LA APLICACIÓN RATIONE LOCI DE LOS TRATADOS DE DERECHOS HUMANOS Y EL PROBLEMA DE LA EXTRATERRITORIALIDAD.A. La extraterritorialidad de los instrumentos de derechos humanos: la doctrina de los órganos de control. B. ¿Una aceptación generalizada del alcance extraterritorial de las disposiciones en materia de derechos humanos? II. EXTRATERRITORIALIDAD Y CONVENIO EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS. A. Las manifestaciones de la extraterritorialidad en el Convenio Europeo:Disposiciones convencionales y jurisprudencia de los órganos de control. B. La "reterritorialización" del Convenio Europeo en la decisión Bankovic: el concepto de "espacio jurídico" convencional. C. La extraterritorialidad del CEDH después de Bankovic. D. La jurisprudencia reciente del TEDH: Behrami o la "extraterritorialidad pero menos". III. LA APLICACIÓN EXTRATERRITORIAL DEL CEDH EN LOS ESTADOS PARTES: DEL EJEMPLO BRITÁNICO A LA PRÁCTICA ESPAÑOLA. A. La jurisprudencia del Reino Unido ante los actos del ejército británico en el exterior:La ocupación de Irak y los asuntos Mousa y Al-Jeddah. B. Algo más que una prognosis: la aplicación extraterritorial de la CEDH en relación con España. IV. A MODO DE CONCLUSIÓN: LA ^CERTIDUMBRE DE LA EXTRATERRITORIALIDAD DEL CEDH EN PERSPECTIVA.