En busca de la dignidad de los desarraigados. El derecho de asilo y su imperfecta consagración jurídico internacional

Si existe un derecho que a pesar de su parco e insuficiente reconocimiento jurídico internacional resulta decisivo para la lucha por la dignidad de todos los que huyen de la persecución, este es, el derecho de asilo. Efectivamente, en una comunidad internacional basada en la forma política estatal,...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Arenas Hidalgo, Nuria Cinta
Tipo de recurso: capítulo de libro
Fecha de publicación:2012
País:España
Institución:Universidad de Huelva (UHU)
Repositorio:Arias Montano. Repositorio Institucional de la Universidad de Huelva
Idioma:español
OAI Identifier:oai:ariasmontano.uhu.es:10272/24123
Acceso en línea:https://hdl.handle.net/10272/24123
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:derechos humanos
derecho de asilo
derecho internacional
Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea
human rights
right of asylum
international law
Charter of Fundamental Rights of the European Union
5603 Derecho Internacional
Descripción
Sumario:Si existe un derecho que a pesar de su parco e insuficiente reconocimiento jurídico internacional resulta decisivo para la lucha por la dignidad de todos los que huyen de la persecución, este es, el derecho de asilo. Efectivamente, en una comunidad internacional basada en la forma política estatal, la situación de aquel cuyo Estado no le protege es tan grave que necesita de otra autoridad que le acoja y le proteja jurídica y políticamente. Por ello, resulta tan determinante disponer de un efectivo derecho subjetivo al asilo. Sin embargo, si bien el poder soberano ha desarrollado la gracia de conceder asilo a los extranjeros que solicitan su amparo desde tiempo inmemorial, las iniciativas para transformar esa prerrogativa del Estado en «derecho subjetivo» del perseguido no han prosperado en Derecho internacional. No se ha adoptado hasta la fecha convención internacional alguna que así lo prescriba. El derecho de asilo sigue siendo esencialmente de titularidad estatal, y su goce por parte del extranjero, generoso fruto de la discrecionalidad de aquel. El derecho de un Estado a otorgar asilo en su territorio y según su propio criterio constituye una regla consagrada de Derecho internacional consuetudinario, más no se trata, como nos recuerda Gortázar Rotaeche, de un derecho-deber, en el estadio actual de desarrollo del Derecho internacional. Así las cosas, se denuncia en estas páginas el escaso avance producido desde la proclamación de este derecho en la Declaración Universal de los Derechos Humanos hasta su reciente consagración en la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea donde el derecho de asilo, escasamente, ha dejado de ser el llamado «derecho imperfecto».