La renuncia a la maternidad: ¿hacia el parto anónimo?

El cambio operado por la Ley 19/2015 de 13 de julio, de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil, prevé la renuncia a la maternidad, es decir, la facultad de la madre biológica de renunciar a su hijo o hija en el momento del parto. Sin emba...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Atxutegi Gutiérrez, Jon
Tipo de recurso: artículo
Fecha de publicación:2022
País:España
Institución:Universidad del País Vasco
Repositorio:Addi. Archivo Digital para la Docencia y la Investigación
OAI Identifier:oai:addi.ehu.eus:10810/76457
Acceso en línea:http://hdl.handle.net/10810/76457
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:renuncia
maternidad
parto anónimo
filiación
Descripción
Sumario:El cambio operado por la Ley 19/2015 de 13 de julio, de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil, prevé la renuncia a la maternidad, es decir, la facultad de la madre biológica de renunciar a su hijo o hija en el momento del parto. Sin embargo, esta prerrogativa que se le reconoce a la madre abre una nueva brecha en la determinación de la filiación, pues el interés del menor, pieza angular del sistema de filiación del ordenamiento español, parece colisionar, por vez primera, con dicha libre voluntad. Al igual que el ordenamiento francés, la reforma parece abogar por el denominado parto anónimo -que salvaguarda la ocultación de la identificación materna y rompe con todo vínculo jurídico entre ambos-, aunque su escueta previsión exige un estudio más pormenorizado.