La corrección de la doble imposición jurídica de las rentas obtenidas por un establecimiento permanente en el impuesto de sociedades

Análisis crítico de los dos mecanismos alternativos, de exención (art. 22) o deducción en cuota (art. 31), previstos en la Ley del Impuesto sobre Sociedades (LIS) para evitar la doble imposición jurídica sobre las rentas de los establecimientos permanentes de las sociedades sujetas al impuesto. Resu...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Simón-Yarza, M.E. (María Eugenia)|||/items/8f738ea8-2ecf-4b95-a2d3-37818023e3b2
Tipo de recurso: artículo
Fecha de publicación:2020
País:España
Institución:Universidad de Navarra
Repositorio:Dadun. Depósito Académico Digital de la Universidad de Navarra
Idioma:español
OAI Identifier:oai:dadun.unav.edu:10171/68353
Acceso en línea:https://hdl.handle.net/10171/68353
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Doble imposición
Exención
Deducción
Establecimiento permanente
Rentas negativas
Descripción
Sumario:Análisis crítico de los dos mecanismos alternativos, de exención (art. 22) o deducción en cuota (art. 31), previstos en la Ley del Impuesto sobre Sociedades (LIS) para evitar la doble imposición jurídica sobre las rentas de los establecimientos permanentes de las sociedades sujetas al impuesto. Resulta razonable que legislador supedite la aplicación de estos preceptos al cumplimiento de determinados requisitos que aseguren que la doble imposición es efectiva. Más difícil es comprender, desde la óptica del principio constitucional de capacidad contributiva, la prohibición de incorporar en la base imponible las rentas negativas de los establecimientos permanentes en los términos previstos en el art. 22 LIS.