El sistema de fuentes del derecho eclesiástico español

Ante el factor social religioso los Estados pueden adoptar dos posiciones: establecer una regulación específica (opción mayoritaria entre los Estados europeos); o aplicar el derecho común (opción que prevalece en Estados Unidos). El Estado español ha regulado el factor social religioso a través de u...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Godoy Vázquez, María Olaya
Tipo de recurso: capítulo de libro
Fecha de publicación:2020
País:España
Institución:Universidad Católica de Valencia San Vicente Mártir
Repositorio:RIUCV. Repositorio de la Universidad Católica de Valencia San Vicente Mártir
Idioma:español
OAI Identifier:oai:riucv.ucv.es:20.500.12466/1206
Acceso en línea:http://hdl.handle.net/20.500.12466/1206
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Derecho canónico
Derecho internacional
5101.10 Religión
5601 Derecho Canónico
Descripción
Sumario:Ante el factor social religioso los Estados pueden adoptar dos posiciones: establecer una regulación específica (opción mayoritaria entre los Estados europeos); o aplicar el derecho común (opción que prevalece en Estados Unidos). El Estado español ha regulado el factor social religioso a través de un derecho especial denominado Derecho eclesiástico del Estado.