Consentir y disponer de la vida humana

Del hecho de la no prohibición del suicidio, no puede deducirse que un sujeto no pueda disponer de su propia vida, ni tampoco que el suicidio no sea un acto lícito, como ya vengo manteniendo en diversos trabajos anteriores. Pienso que existe un derecho, siquiera sea limitado ante terceros, según las...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Núñez Paz, Miguel Ángel
Tipo de recurso: artículo
Fecha de publicación:2025
País:España
Institución:Universidad de Huelva (UHU)
Repositorio:Arias Montano. Repositorio Institucional de la Universidad de Huelva
Idioma:español
OAI Identifier:oai:ariasmontano.uhu.es:10272/27272
Acceso en línea:https://hdl.handle.net/10272/27272
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Vida
Consentimiento
Disponibilidad
Derecho penal
Constitución Española
Human life
Consent
Availability
Spanish Constitution
Criminal law
5605.05 Derecho Penal
Descripción
Sumario:Del hecho de la no prohibición del suicidio, no puede deducirse que un sujeto no pueda disponer de su propia vida, ni tampoco que el suicidio no sea un acto lícito, como ya vengo manteniendo en diversos trabajos anteriores. Pienso que existe un derecho, siquiera sea limitado ante terceros, según las situaciones que establecen el art. 143 CP y la Ley de eutanasia de 2021, a la disponibilidad de la propia vida, y en este sentido y desde este plano jurídico penal, el bien jurídico que representa el objeto de protección puede tener carácter disponible, y es este extremo y su razonamiento teórico sobre la base constitucional lo que da sentido a este trabajo. ---------------------------------------------------------------------------------------------------------