Las conexiones –y desconexiones– de las fundaciones privadas con el Derecho público

: La fundación es una institución jurídica en la que se encuentran la voluntad privada y la pública en la búsqueda del bien común, mediante la creación de una institución autónoma, sin ánimo de lucro con una aportación patrimonial duradera, supervisada por las autoridades y vinculada a tal fin gener...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Alli-Turrillas, J.C. (Juan Cruz)|||/items/bf03eadb-bca7-45dd-9660-683dc8ac09c5
Tipo de recurso: artículo
Fecha de publicación:2015
País:España
Institución:Universidad de Navarra
Repositorio:Dadun. Depósito Académico Digital de la Universidad de Navarra
Idioma:español
OAI Identifier:oai:dadun.unav.edu:10171/43332
Acceso en línea:https://hdl.handle.net/10171/43332
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Fundaciones
Organizaciones no lucrativas
Régimen Jurídico español y comparado
Descripción
Sumario:: La fundación es una institución jurídica en la que se encuentran la voluntad privada y la pública en la búsqueda del bien común, mediante la creación de una institución autónoma, sin ánimo de lucro con una aportación patrimonial duradera, supervisada por las autoridades y vinculada a tal fin general. La presencia de ambas voluntades es lo que ha configurado históricamente esta figura, reconocida así en nuestro ordenamiento. Fruto de esa situación, aunque consolidada, se ha producido tensiones que, en los últimos tiempos, están llevando a una reformulación de las formas de intervención pública sobre su ser y su actuar. En este artículo se revisa cómo surgió esta figura y en qué se parece a sus equivalentes en otros países culturalmente cercanos (Alemania, Francia, Inglaterra y los Estados Unidos) y cómo la han regulado. Finalmente se realiza un análisis crítico de la regulación vigente y se proponen ideas para su posible transformación.