Pasivo sobrevenido: sociedad (todavía) en liquidación y responsabilidad de antiguos socios y liquidadores A propósito de la STS 324/2017, de 24 de mayo

Hay una más o menos cuestionable praxis de los empresarios de construcción que es la subyacente en el supuesto de hecho de la sentencia de referencia. Con el fin de dificultar el ejercicio de posibles acciones de responsabilidad contractual derivada de defectos o vicios ocultos de las edificaciones...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Alonso Espinosa, Francisco J.
Tipo de recurso: artículo
Fecha de publicación:2017
País:España
Institución:Universidad Miguel Hernández de Elche
Repositorio:REDIUMH. Depósito Digital de la UMH
OAI Identifier:oai:dspace.umh.es:11000/26895
Acceso en línea:http://dspace.umh.es/handle/11000/26895
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:34 - Derecho::340 - Cuestiones generales de derecho. Métodos y ciencias auxiliares del derecho
Descripción
Sumario:Hay una más o menos cuestionable praxis de los empresarios de construcción que es la subyacente en el supuesto de hecho de la sentencia de referencia. Con el fin de dificultar el ejercicio de posibles acciones de responsabilidad contractual derivada de defectos o vicios ocultos de las edificaciones que realizan o promueven, tales empresarios constituyen sociedades ocasionales (casi instrumentales) cuyo objeto social es la realización de una determinada y concreta edificación o, acaso, un pequeño grupo de ellas. Una vez vendida la misma (viviendas, normalmente), tales empresarios casi “ocultos” tras tales sociedades ocasionales proceden a disolverlas por conclusión de su objeto social, son liquidadas y formalmente extinguidas mediante cancelación de sus asientos registrales.