La maternidad y el sacerdocio femenino: excepciones a la tutela perpetua de la mujer en Roma
La mujer romana siempre estuvo sometida al poder de otro sujeto pudiendo ser este su paterfamilias, su marido o un tutor. La mujer siendo sui iuris estaría sometida siempre al instituto tutelar, esto es, bien a la tutela impuberum si la mujer era impúber o bien a la tutela mulierum si la mujer era p...
| Autor: | |
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| Tipo de recurso: | artículo |
| Fecha de publicación: | 2011 |
| País: | España |
| Institución: | Universidad Camilo José Cela (UCJC) |
| Repositorio: | Depósito Digital e-UCJC |
| OAI Identifier: | oai:repositorio.ucjc.edu:20.500.12020/700 |
| Acceso en línea: | http://hdl.handle.net/20.500.12020/700 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | Ciencias Sociales, Políticas y del Comportamiento Derecho y Jurisprudencia Ius liberorum Tutela mulierum Paterfamilias Mujer sui iuris Vestal Maternidad Sacerdocio femenino Roma 6301.10 Sociología de la Religión 6309.09 Posición Social de la Mujer |
| Sumario: | La mujer romana siempre estuvo sometida al poder de otro sujeto pudiendo ser este su paterfamilias, su marido o un tutor. La mujer siendo sui iuris estaría sometida siempre al instituto tutelar, esto es, bien a la tutela impuberum si la mujer era impúber o bien a la tutela mulierum si la mujer era púber. Dada la sinrazón de la tutela perpetua de la mujer, su exención se utilizó como instrumento para premiar a las mujeres que cumplieran con sus obligaciones sociales y jurídicas, de ahí el ius liberorum y la consagración Virgo Vestalis. |
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