Grupos de sociedades y administrador de hecho
Ante la ausencia en nuestro ordenamiento de un régimen sobre la responsabilidad aplicable a los grupos de sociedades, cabe plantearse si es posible exigir una responsabilidad a la sociedad dominante o a sus administradores. El análisis de la figura del administrador de hecho nos permite llegar a una...
| Autor: | |
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| Formato: | artículo |
| Fecha de publicación: | 2021 |
| País: | España |
| Recursos: | Universidad de Barcelona |
| Repositorio: | Dipòsit Digital de la UB |
| OAI Identifier: | oai:diposit.ub.edu:2445/226259 |
| Acesso em linha: | https://hdl.handle.net/2445/226259 |
| Access Level: | acceso embargado |
| Palavra-chave: | Administradors de societats Grups d'empreses Dret mercantil Directors of corporations Conglomerate corporations Commercial law |
| Resumo: | Ante la ausencia en nuestro ordenamiento de un régimen sobre la responsabilidad aplicable a los grupos de sociedades, cabe plantearse si es posible exigir una responsabilidad a la sociedad dominante o a sus administradores. El análisis de la figura del administrador de hecho nos permite llegar a una respuesta afirmativa, cuando se acrediten unos requisitos. En el caso de que una sociedad filial sufra un perjuicio como consecuencia de las instrucciones impartidas por la sociedad dominante, la responsabilidad recaerá sobre sus propios administradores, a pesar de que el cumplimiento de esas instrucciones sea en beneficio del interés del grupo, salvo en los casos en los que se pueda acudir a la teoría de las ventajas compensatorias. |
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