Corte Interamericana de Derechos Humanos. Caso Cayara

1. El presente caso fue sometido a la Corte por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante "la Comisión") el 14 de febrero de 1992. El caso se refiere a las denuncias No. 10.264, No. 10.206, No. 10.276 y No. 10.446. 2. La Comisión sometió este caso para que la Corte decida...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
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Tipo de recurso: artículo
Fecha de publicación:1993
País:España
Institución:Universidad de Navarra
Repositorio:Dadun. Depósito Académico Digital de la Universidad de Navarra
Idioma:español
OAI Identifier:oai:dadun.unav.edu:10171/64681
Acceso en línea:https://hdl.handle.net/10171/64681
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Corte interamericana de derechos humanos
Materias Investigacion::Derecho
Sentencias
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spelling Corte Interamericana de Derechos Humanos. Caso CayaraSin Autoridad|||/items/5ef2b52f-de1a-4ddf-9648-596a6dd222b4Corte interamericana de derechos humanosMaterias Investigacion::DerechoSentencias1. El presente caso fue sometido a la Corte por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante "la Comisión") el 14 de febrero de 1992. El caso se refiere a las denuncias No. 10.264, No. 10.206, No. 10.276 y No. 10.446. 2. La Comisión sometió este caso para que la Corte decida si hubo violación, por parte del Estado involucrado, de los siguientes artículos de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (en adelante "la Convención" o "la Convención Americana"): 4 (Derecho a la vida), 5 (Derecho a la integridad personal), 7 (Derecho a la libertad personal), 8 (Garantías judiciales), 21 (Derecho a la propiedad privada) y 25 (Protección judicial), todos ellos en relación con el artículo 1.1 (Obligación de respetar los derechos), "como consecuencia de las ejecuciones extrajudiciales, torturas, detención arbitraria, desapariciones forzadas de personas y daños contra la propiedad pública y de ciudadanos peruanos, víctimas de las acciones de miembros del Ejército del Perú que se inician el 14 de mayo de 1988, en el distrito de Gayara, Provincia de Víctor Fajardo, Departamento de Ayacucho ... " También solicita la Comisión que la Corte decida que el Perú no cumplió con los términos del artículo 1.1 de la Convención al no respetar y garantizar el ejercicio de los derechos enunciados anteriormente; que la Corte determine las reparaciones e indemnizaciones, de acuerdo con el artículo 63.1 de la Convención, a que tienen derecho las víctimas o sus familiares, y que requiera del Gobierno una investigación exhaustiva de los hechos objeto de la demanda, para individualizar a los responsables y someterlos a proceso judicial. En la demanda se identifica a cuarenta personas como víctimas de ejecuciones arbitrarias y de desapariciones, a ocho personas como torturadas y se mencionan los dafios ocasionados tanto en propiedades privadas como en la pública.Universidad de NavarraDadun. Depósito Académico Digital Universidad de Navarra20222022-11-1719931993-01-0119931993-01-01journal articlehttp://purl.org/coar/resource_type/c_6501info:eu-repo/semantics/articleapplication/pdfhttps://hdl.handle.net/10171/64681reponame:Dadun. Depósito Académico Digital de la Universidad de Navarrainstname:Universidad de NavarraEspañolspaopen accesshttp://purl.org/coar/access_right/c_abf2info:eu-repo/semantics/openAccessoai:dadun.unav.edu:10171/646812026-06-21T12:47:57Z
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