Who said, "The King Can Do No Wrong"? El tópico histórico de la inmunidad patrimonial del Estado

En España, al igual que en los países vecinos, la normalización de una Administración responsable, obligada a reparar los daños causados por los ilícitos de sus funcionarios, es un fenómeno relativamente reciente. La tradición disciplinar del Derecho público ha interpretado la ausencia de responsabi...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Medina Alcoz, Luis
Tipo de recurso: artículo
Fecha de publicación:2025
País:España
Institución:Universidad Complutense de Madrid (UCM)
Repositorio:Docta Complutense
Idioma:español
OAI Identifier:oai:docta.ucm.es:20.500.14352/123989
Acceso en línea:https://hdl.handle.net/20.500.14352/123989
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:342.9
347.5
940
K13
Responsabilidad civil
Responsabilidad patrimonial de la Administración
Responsabilidad personal de los oficiales y funcionarios
Absolutismo
The-King-Can-Do-No-Wrong
Inmunidad patrimonial
Tópicos disciplinares del Derecho administrativo
Autorización para procesar a autoridades y funcionarios
Historia del Derecho administrativo
Torts and Liability
Governmental Liability
Personal Liability of Officers or Officials
Absolutism
Patrimonial Inmunity
Disciplinary Topics of Administrative Law
Authorization To Prosecute Authorities And Officials
History of Administrative Law
Derecho administrativo
Historia del Derecho
5605.01 Derecho Administrativo
5506.12 Historia del Derecho y de las Instituciones Jurídicas
Descripción
Sumario:En España, al igual que en los países vecinos, la normalización de una Administración responsable, obligada a reparar los daños causados por los ilícitos de sus funcionarios, es un fenómeno relativamente reciente. La tradición disciplinar del Derecho público ha interpretado la ausencia de responsabilidad estatal por ilícito funcionarial en efecto característica de las Administraciones europeas del siglo XIX como una trasposición del viejo dogma The King Can Do No Wrong, un rastro del princeps legibus solutus que el Derecho administrativo habría tardado en orillar. La historiografía de las últimas décadas, junto a la consulta directa de las fuentes, obliga a revisar este tópico disciplinar, estrechamente vinculado a la caricaturización de la monarquía tradicional como un Estado de fuerza situado al margen del Derecho, y al correlativo enaltecimiento del Derecho administrativo como producto del Estado liberal que habría logrado al fin limitar a esa Administración preexistente a través de la separación de poderes y el principio de legalidad. Tal es el objetivo del presente artículo.