La desprotección de bienes culturales: Enajenación de bienes públicos

En principio la enajenación de bienes culturales de las Administraciones públicas está expresamente prohibida. Sin embargo, se ha planteado la posibilidad de descatalogar los bienes para proceder a continuación a su enajenación. La jurisprudencia es muy restrictiva al respecto, dado que califica com...

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Detalhes bibliográficos
Autor: Bermúdez Sánchez, Javier
Tipo de documento: artigo
Data de publicação:2015
País:España
Recursos:Universidad Autónoma de Madrid
Repositório:Biblos-e Archivo. Repositorio Institucional de la UAM
Idioma:espanhol
OAI Identifier:oai:repositorio.uam.es:10486/676286
Acesso em linha:http://hdl.handle.net/10486/676286
Access Level:Acceso aberto
Palavra-chave:Patrimonio histórico
Bien cultural
Catalogación
Descatalogación
Competencias
Enajenación
Tauromaquia
Derecho
Descrição
Resumo:En principio la enajenación de bienes culturales de las Administraciones públicas está expresamente prohibida. Sin embargo, se ha planteado la posibilidad de descatalogar los bienes para proceder a continuación a su enajenación. La jurisprudencia es muy restrictiva al respecto, dado que califica como actuación reglada de la Administración el dejar sin efectos la catalogación de los bienes culturales, como asimismo la catalogación. A partir de la regulación y jurisprudencia solo son imaginables supuestos excepcionales, con base en informes previos de la Comunidad Autónoma y de organismos asesores, todo ello suficientemente motivado y acreditado. Por otro lado, la declaración de la tauromaquia como patrimonio cultural excede de la regulación y la jurisprudencia glosada