Insultos en el Tribunal Constitucional (sobre un requisito para el ejercicio de las libertades de expresión e información)

A la hora de ejercer las libertades de expresión e información, la jurisprudencia constitucional española ha introducido un único límite absoluto: la prohibición de insultos. Se configura así como un requisito negativo para la validez constitucional del ejercicio del derecho. El trabajo analiza qué...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Urías Martínez, Joaquín Pablo
Tipo de recurso: artículo
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2021
País:España
Institución:Universidad de Sevilla (US)
Repositorio:idUS. Depósito de Investigación de la Universidad de Sevilla
OAI Identifier:oai:idus.us.es:11441/144622
Acceso en línea:https://hdl.handle.net/11441/144622
https://doi.org/10.18042/cepc/redc.121.09
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Libertad de expresión
Libertad de información
Dignidad
Insultos
Freedom of expression
Freedom of information
Dignity
Abuse
Descripción
Sumario:A la hora de ejercer las libertades de expresión e información, la jurisprudencia constitucional española ha introducido un único límite absoluto: la prohibición de insultos. Se configura así como un requisito negativo para la validez constitucional del ejercicio del derecho. El trabajo analiza qué significa ese carácter. Más allá, ahonda en la definición de un concepto operativo de insulto, tomando en cuenta tanto la doctrina española como experiencias comparadas.