Los estados fallidos y la tutela internacional

Este capítulo dirime la pregunta de si la sociedad internacional tiene o debería tener alguna responsabilidad en lo que concierne las condiciones civiles internas de los países independientes. Algunos estados son una auténtica calamidad para sus poblaciones. Pero, ¿constituyen un problema normativo...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Jackson, Robert H.
Tipo de recurso: artículo
Fecha de publicación:2009
País:España
Institución:Universidad Autónoma de Madrid
Repositorio:Biblos-e Archivo. Repositorio Institucional de la UAM
Idioma:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uam.es:10486/678234
Acceso en línea:http://hdl.handle.net/10486/678234
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Relaciones internacionales
Soberanía
Estado fallido
Protectorado
Tutela
Fideocomiso
Derecho
Descripción
Sumario:Este capítulo dirime la pregunta de si la sociedad internacional tiene o debería tener alguna responsabilidad en lo que concierne las condiciones civiles internas de los países independientes. Algunos estados son una auténtica calamidad para sus poblaciones. Pero, ¿constituyen un problema normativo para las relaciones internacionales? ¿Quién es responsable de las condiciones internas inciviles y a menudo inseguras de lo que habitualmente denominamos estados fallidos? ¿Son responsables el gobierno y la sociedad de esos estados? ¿Es responsable la sociedad de estados? ¿Tienen cabida en la sociedad internacional contemporánea los fideicomisos o los protectorados internacionales?