El Ayuntamiento de Barcelona pierde la batalla legal por el registro de la marca colectiva “Barcelona”. Análisis de la STS de 378/2018, de 7 de marzo

La Sala Tercera, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso presentado el Ayuntamiento de Barcelona contra la Sentencia dictada por el Tri-bunal Superior de Justicia de Cataluña, en cuanto a la denegación del registro de la marca colectiva Bar-celon...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Heredia Sánchez, Lerdys Saray
Tipo de recurso: artículo
Fecha de publicación:2018
País:España
Institución:Universidad Miguel Hernández de Elche
Repositorio:REDIUMH. Depósito Digital de la UMH
OAI Identifier:oai:dspace.umh.es:11000/26721
Acceso en línea:http://dspace.umh.es/handle/11000/26721
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:34 - Derecho::340 - Cuestiones generales de derecho. Métodos y ciencias auxiliares del derecho
Descripción
Sumario:La Sala Tercera, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso presentado el Ayuntamiento de Barcelona contra la Sentencia dictada por el Tri-bunal Superior de Justicia de Cataluña, en cuanto a la denegación del registro de la marca colectiva Bar-celona, que pretendía registrar el ente local para todas y cada una de las 45 clases del Nomenclátor Inter-nacional de Marcas. En esta sentencia, el alto Tribunal español confirma el criterio del juzgador de instancia para denegar el registro de la pretendida marca colectiva por carecer de carácter distintivo. Ello en base a que dicho tér-mino impide que se cumpla con la finalidad de las marcas colectivas: identificar el origen empresarial de un producto o servicio procedente de uno de los miembros integrantes del ente asociativo. Pero tampoco cumple la función de garantía de los productos o servicios designados, al solicitarse de “forma indiscrimi-nada” para la todos los productos y servicios del Nomenclátor Internacional de Marcas