Medio ambiente y comercio internacional: El caso de los productos derivados de las focas

Tradicionalmente la protección del medio ambiente no ha supuesto una preocupación en el seno de las organizaciones comerciales internacionales. Por lo general, las medidas comerciales que buscaban salvaguardar el medio ambiente eran consideradas como tapaderas para restringir el comercio. En esta si...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Riera Díaz, Sergio
Tipo de recurso: artículo
Fecha de publicación:2014
País:España
Institución:Universidad Autónoma de Madrid
Repositorio:Biblos-e Archivo. Repositorio Institucional de la UAM
Idioma:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uam.es:10486/670278
Acceso en línea:http://hdl.handle.net/10486/670278
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Unión Europea
Organización Mundial del Comercio
Productos de foca
Inuits
Artículo XX del GATT
Derecho
Descripción
Sumario:Tradicionalmente la protección del medio ambiente no ha supuesto una preocupación en el seno de las organizaciones comerciales internacionales. Por lo general, las medidas comerciales que buscaban salvaguardar el medio ambiente eran consideradas como tapaderas para restringir el comercio. En esta situación, ha surgido un confl icto comercial que enfrenta a Canadá con la Unión Europea a raíz del veto de esta última a la importación de productos de foca. La solución dada por el Grupo Especial de la OMC a esta controversia ha supuesto un importante avance en materia de protección del medio ambiente en el sistema comercial internacional, ya que permite que el artículo XX del GATT de 1994 sea aplicado de forma que pueda justifi car una restricción comercial en base a consideraciones morales de bienestar animal