La anulación de laudos por arbitrariedad: la desvirtuación del arbitraje comercial

Este trabajo propone una crítica a la doctrina revisionista iniciada por la Sentencia de 28 de enero de 2015 del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en la que se declaró la nulidad del laudo arbitral por vulnerar el orden público económico y por insuficiencia de motivación (arbitrariedad). Se a...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Castillo Comabella, Claudia
Tipo de recurso: tesis de maestría
Fecha de publicación:2019
País:España
Institución:Universitat Oberta de Catalunya (UOC)
Repositorio:O2, repositorio institucional de la UOC
OAI Identifier:oai:openaccess.uoc.edu:10609/102626
Acceso en línea:http://hdl.handle.net/10609/102626
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:arbitraje
orden público
anulación de laudos arbitrales
estándar de motivación de los laudos en sede de anulación
arbitration
public order
annulment of arbitral awards
motivation of arbitral awards at the annulment stage
arbitratge
ordre públic
anul·lació de laudes arbitrals
estàndard de motivació dels laudes en seu d'anul·lació
Arbitration and award -- TFM
Arbitratge i laude -- TFM
Arbitraje y laudo -- TFM
Descripción
Sumario:Este trabajo propone una crítica a la doctrina revisionista iniciada por la Sentencia de 28 de enero de 2015 del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en la que se declaró la nulidad del laudo arbitral por vulnerar el orden público económico y por insuficiencia de motivación (arbitrariedad). Se argumenta que la anulación de un laudo no puede basarse en una supuesta falta de motivación del mismo, pues eso sólo conduciría a la desvirtuación de la finalidad misma del arbitraje, que es la exclusión de la jurisdicción ordinaria que emana de la voluntad de las partes. En primer lugar, porque la motivación de un laudo no tiene cabida en la noción de orden público. En segundo lugar, porque el canon de arbitrariedad no es aplicable a los laudos arbitrales, en tanto que el laudo arbitral no es equiparable a la sentencia judicial, principalmente porque el arbitraje se asienta en el artículo 10 de la Constitución Española de 1978 (autonomía de la voluntad) y no en su artículo 24 (tutela judicial efectiva). En ese marco, se discute la necesidad de que se aplique un estándar de motivación propio de los laudos arbitrales, que tenga en cuenta su naturaleza, así como su anclaje en la Constitución. Para contribuir al debate sobre este asunto, este trabajo propone una aproximación a cómo debería ser dicho estándar, inspirándose en el criterio de los comités de anulación bajo el Convenio del CIADI y recuperando la anterior regla de los tribunales españoles que, si bien incompleta, iba en total consonancia con la línea decisoria de estos comités.