El incomprensible uso como sinónimos de dos figuras jurídicas diferentes: el fideicomiso y la sustitución fideicomisaria

Dada la importancia adquirida por la sustitución fideicomisaria en el Derecho Sucesorio español tras la Ley 41/2003 de Protección Patrimonial de las Personas con Discapacidad, momento a partir del cual fue elegida por el legislador español como la institución mediante la cual vulnerar el principio h...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Botello Hermosa, Pedro Ignacio
Tipo de recurso: artículo
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2016
País:España
Institución:Universidad de Sevilla (US)
Repositorio:idUS. Depósito de Investigación de la Universidad de Sevilla
OAI Identifier:oai:idus.us.es:11441/156410
Acceso en línea:https://hdl.handle.net/11441/156410
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Fideicomiso
Sustitución fideicomisaria
Fideicommissum
Trusteeship estate
Descripción
Sumario:Dada la importancia adquirida por la sustitución fideicomisaria en el Derecho Sucesorio español tras la Ley 41/2003 de Protección Patrimonial de las Personas con Discapacidad, momento a partir del cual fue elegida por el legislador español como la institución mediante la cual vulnerar el principio histórico de la intangibilidad de la legítima estricta, la doctrina española y el Tribunal Supremo deben poner fin al error en el que se viene incurriendo desde hace tiempo a la hora de dirigirse al fideicomiso y la sustitución fideicomisaria como si fuesen la misma institución, ya que en realidad son, y siempre lo han sido, dos figuras jurídicas distintas.