Albaceazgo y usufructo

Al ser el Impuesto sobre Sucesiones un tributo generacional su importe -que no su devengo- es fácilmente previsible y susceptible de una favorable planificación. Ciertamente, la divina providencia puede frustrar de forma sorprendente -si es que alguien puede sorprenderse de que la vida esté sujeta a...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Rozas Valdés, José Andrés
Tipo de recurso: artículo
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2003
País:España
Institución:Universidad de Barcelona
Repositorio:Dipòsit Digital de la UB
OAI Identifier:oai:diposit.ub.edu:2445/54232
Acceso en línea:https://hdl.handle.net/2445/54232
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Marmessors
Usdefruit
Impostos sobre transmissió de béns
Espanya
Executors
Usufruct
Inheritance and transfer tax
Spain
Descripción
Sumario:Al ser el Impuesto sobre Sucesiones un tributo generacional su importe -que no su devengo- es fácilmente previsible y susceptible de una favorable planificación. Ciertamente, la divina providencia puede frustrar de forma sorprendente -si es que alguien puede sorprenderse de que la vida esté sujeta a caducidad- la más alambicada de las planificaciones fiscales de la sucesión. Pero es igualmente irrefutable que se tiene toda la vida por delante para programar un relevo generacional en la titularidad del patrimonio lo más liviano posible, en términos tributarios.