El descanso tras la guardia del sábado en la función pública sanitaria

El presente trabajo consiste en simular que soy abogada, y que acude a mi despacho una trabajadora funcionaria sanitaria de atención primaria. La clienta me resume su problema, el cual consiste en que no disfruta de las suficientes horas de descanso semanales cuando su turno de guardia se produce lo...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Marcial Ercilla, Elvira
Tipo de recurso: tesis de maestría
Fecha de publicación:2022
País:España
Institución:Universidad de Valladolid
Repositorio:UVaDOC. Repositorio Documental de la Universidad de Valladolid
OAI Identifier:oai:uvadoc.uva.es:10324/53702
Acceso en línea:https://uvadoc.uva.es/handle/10324/53702
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Funcionario
Contencioso-administrativo
5605.01 Derecho Administrativo
Descripción
Sumario:El presente trabajo consiste en simular que soy abogada, y que acude a mi despacho una trabajadora funcionaria sanitaria de atención primaria. La clienta me resume su problema, el cual consiste en que no disfruta de las suficientes horas de descanso semanales cuando su turno de guardia se produce los sábados. Por regla general, cuando tiene guardias entre semanas cuenta con el descanso del día siguiente a la misma guardia, del sábado y del domingo entero, en cambio si su guardia coincide en sábado únicamente descansa el domingo. Esto se traduce en un excesivo trabajo, en un gran estrés, cansancio y ansiedad por lo que acude a mí para conseguir que su empleador, de entidad pública, cambie los horarios y conceda tanto a ella como al resto de sus compañeros descanso el lunes siguiente a la guardia del sábado.