La legislación civil y eclesiástica concerniente a las supersticiones y a las pervivencias idolátricas en la Hispania de los siglos VI-VII.
La legislación hispana de los siglos VI y VII (tanto la civil como la canónica) nos ofrece múltiples ejemplos relativos a la pervivencia de supersticiones y prácticas idolátricas. Las leyes visigodas pertinentes atañen principalmente a la toma de augurios y al uso de la magia, ambas consideradas per...
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| Tipo de recurso: | artículo |
| Estado: | Versión publicada |
| Fecha de publicación: | 2005 |
| País: | España |
| Institución: | Varias* (Consorci de Biblioteques Universitáries de Catalunya, Centre de Serveis Científics i Acadèmics de Catalunya) |
| Repositorio: | Recercat. Dipósit de la Recerca de Catalunya |
| OAI Identifier: | oai:recercat.cat:2445/25851 |
| Acceso en línea: | https://hdl.handle.net/2445/25851 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | Legislació Superstició Visigots Dret eclesiàstic Espanya Legislation Superstition Visigoths Ecclesiastical law Segle VI-segle VII Spain 6th century-7th century |
| Sumario: | La legislación hispana de los siglos VI y VII (tanto la civil como la canónica) nos ofrece múltiples ejemplos relativos a la pervivencia de supersticiones y prácticas idolátricas. Las leyes visigodas pertinentes atañen principalmente a la toma de augurios y al uso de la magia, ambas consideradas perniciosas y castigadas severamente. Por su parte, los cánones eclesiásticos, aunque también regularon la cuestión de los augurios y de la magia, dedicaron casi toda su atención al problema de la herencia del paganismo (algo que no observamos en la legislación civil). El análisis de las fuentes narrativas contemporáneas nos permite comprobar que éste era un problema real y cotidiano y que su inclusión en los códigos legislativos no respondía a una mera necesidad de llenar lo que podría haber supuesto un vacío legal. |
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