Los derechos colectivos de las personas que trabajan a distancia
El trabajo a distancia es objeto de una normativa específica a fin de garantizar los derechos de los trabajadores a distancia, no solo en lo que refiere al carácter voluntario y reversible de esta forma de trabajar, a la igualdad de retribución o a la promoción profesional, sino también en los aspec...
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| Tipo de recurso: | capítulo de libro |
| Fecha de publicación: | 2021 |
| País: | España |
| Institución: | Universidad Rey Juan Carlos |
| Repositorio: | BURJC-Digital. Repositorio Institucional de la Universidad Rey Juan Carlos |
| OAI Identifier: | oai:burjcdigital.urjc.es:10115/28446 |
| Acceso en línea: | https://hdl.handle.net/10115/28446 |
| Access Level: | acceso embargado |
| Palabra clave: | Trabajo a distancia teletrabajo derechos colectivos |
| Sumario: | El trabajo a distancia es objeto de una normativa específica a fin de garantizar los derechos de los trabajadores a distancia, no solo en lo que refiere al carácter voluntario y reversible de esta forma de trabajar, a la igualdad de retribución o a la promoción profesional, sino también en los aspectos que afectan al ejercicio de derechos colectivos que podrían verse limitados o mermados como consecuencia de la deslocalización de estos trabajadores. Son muchos los aspectos vinculados a los derechos colectivos sobre los que impacta el trabajo a distancia. En primer lugar, en lo que refiere a la libertad sindical en su manifestación de creación de un sindicato o de adhesión al mismo, así como en la elección de los representantes de los trabajadores y al desarrollo de la propia actividad sindical, con actividades de información y comunicación propias del sindicato o de defensa de los intereses colectivos. La Ley del Trabajo a Distancia destaca su importancia y hace llamadas expresas a la negociación colectiva para que establezca las condiciones para garantizar el ejercicio de los derechos colectivos de las personas trabajadoras a distancia, en atención a las singularidades de su prestación, con respeto pleno al principio de igualdad de trato y de oportunidades entre la persona trabajadora a distancia y la que desempeñe tareas en el establecimiento de la empresa. |
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