Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito
El pasado 28 de abril de 2015 se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito y cuya entrada en vigor, según la Disposición final sexta, se establece a los 6 meses de su publicación. La finalidad de la elaboración de dicho Estatuto es...
| Autor: | |
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| Tipo de recurso: | artículo |
| Estado: | Versión publicada |
| Fecha de publicación: | 2015 |
| País: | España |
| Institución: | Universidad de Barcelona |
| Repositorio: | Dipòsit Digital de la UB |
| OAI Identifier: | oai:diposit.ub.edu:2445/179540 |
| Acceso en línea: | https://hdl.handle.net/2445/179540 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | Víctimes de delictes Situació legal Comentaris sobre legislació Espanya Victims of crimes Legal status Comments on legislation Spain |
| Sumario: | El pasado 28 de abril de 2015 se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito y cuya entrada en vigor, según la Disposición final sexta, se establece a los 6 meses de su publicación. La finalidad de la elaboración de dicho Estatuto es doble. En primer lugar, llevar a cabo la trasposición de la normativa comunitaria, o sea, de la Decisión Marco 2001/220/jai del Consejo, de 15 de marzo de 2001, del Informe de la Comisión Europea de abril de 2009 y, finalmente, de la Directiva 2012/29/ue del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, en la que se establecen los derechos para la protección y el apoyo de las víctimas. En segundo lugar, la finalidad primordial de la Ley 4/2015 es la de ofrecer una protección jurídica, social y minimizadora de los efectos traumáticos morales de las víctimas, todo ello con independencia de su situación procesal. |
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