Principios y valores filosóficos, jurídicos y políticos de las Constitución de Cádiz de 1812

La revolución política de Cádiz se encuentra en medio de toda una cultura política ilustrada que hereda el discurso característico del Siglo de las luces y que se asienta en el pacto social, la soberanía popular, el laicismo y las libertades modernas. La España de las Cortes de Cádiz no había perdid...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Sarasola Jáudenes, Francisco de Borja
Tipo de recurso: tesis doctoral
Fecha de publicación:2017
País:España
Institución:Universidad Complutense de Madrid (UCM)
Repositorio:Docta Complutense
Idioma:español
OAI Identifier:oai:docta.ucm.es:20.500.14352/21683
Acceso en línea:https://hdl.handle.net/20.500.14352/21683
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:342.4(460)"1812"(043.2)
España
Constitución 1812
Derecho constitucional
5605.04 Derecho Constitucional
Descripción
Sumario:La revolución política de Cádiz se encuentra en medio de toda una cultura política ilustrada que hereda el discurso característico del Siglo de las luces y que se asienta en el pacto social, la soberanía popular, el laicismo y las libertades modernas. La España de las Cortes de Cádiz no había perdido de vista la vinculación reformista de su propia cultura en orden a la creación, reforma, destrucción y apropiación de viejos y nuevos mitos. Los mas significados constituyentes de Cádiz conocían la labor intelectual de la Escuela de Salamanca: Francisco de Vitoria, Domingo de Soto, Luis de Alcalá, Martin Azpilicueta, Tomas de Mercado, Luis de Molina, Juan de Mariana o Francisco Suarez, todos ellos naturalistas y moralistas que trataron de reconciliar la doctrina de Santo Tomás con el nuevo orden social y económico. La Escuela de Salamanca había reformulado el concepto de Derecho natural, concluyendo que todos los hombres comparten la misma naturaleza y consecuentemente también comparten los mismos derechos como el de igualdad o el de libertad y también habían reformulado su concepción sobre la soberanía. Para la Escuela de la Salamanca el pueblo es el receptor de la soberanía, el cual la transmite al príncipe gobernante. Los hombres nacen libres por su propia naturaleza y no son siervos de otro hombre pudiendo obedecer e incluso imponerse hacia un gobernante. Para Suarez, el poder político de la sociedad es contractual en su origen porque la comunidad se forma por el consenso de voluntades libres. Desde otra cultura aparece ya en el siglo XVII la fundamentación del liberalismo como corriente filosófica y política atribuyéndose a John Locke la condición de ser el fundador del liberalismo moderno articulando una ideología sobre la base del concepto de los derechos naturales y el contrato social para sostener que el imperio de la ley debe sustituir al absolutismo del Gobierno y considerar que los ciudadanos tienen el derecho fundamental a la vida, a la libertad y a la propiedad...