Nuevas perspectivas de la responsabilidad precontractual
En la Propuesta de Anteproyecto de Ley de Modernización del Derecho de Obligaciones y Contratos publicada en el año 2009 se ha decidido, por fin, dar respuesta a una tradicional demanda de nuestra doctrina, y se ha consagrado un capítulo a la perfección del contrato. Como consecuencia de ello, nuest...
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| Tipo de recurso: | capítulo de libro |
| Fecha de publicación: | 2015 |
| País: | España |
| Institución: | Universidad Complutense de Madrid (UCM) |
| Repositorio: | Docta Complutense |
| Idioma: | español |
| OAI Identifier: | oai:docta.ucm.es:20.500.14352/97662 |
| Acceso en línea: | https://hdl.handle.net/20.500.14352/97662 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | 347.4 347.5 K12 Responsabilidad precontractual Culpa in contrahendo Bona fides in contrahendo Buena fe en las negociaciones Tratos preliminares Deberes precontractuales Etapa precontractual Fase in contrahendo Ciencias Sociales 56 Ciencias Jurídicas y Derecho |
| Sumario: | En la Propuesta de Anteproyecto de Ley de Modernización del Derecho de Obligaciones y Contratos publicada en el año 2009 se ha decidido, por fin, dar respuesta a una tradicional demanda de nuestra doctrina, y se ha consagrado un capítulo a la perfección del contrato. Como consecuencia de ello, nuestra Comisión de Codificación ha aprovechado esta oportunidad para regular una de las cuestiones habitualmente más intrincadas: la responsabilidad precontractual. Parece que nuestro legislador se encuentra decidido a erradicar el vigente panorama de desolador silencio sobre esta materia, si bien con un injustificable y lamentable retraso. En este trabajo se efectúa un estudio, en primer lugar, del presupuesto básico que debe presidir toda negociación o tratos preliminares: la "bona fides in contrahendo". A lo largo de todo el trabajo, volvemos constantemente nuestra mirada a los PECL y al DCFR, para ofrecer una visión más completa, moderna e internacional en torno a la responsabilidad precontractual. Detenemos nuestra atención, asimismo, en el propio contenido del genérico deber de buena fe en la fase de negociaciones, con el ánimo de efectuar una labor de concreción. A continuación, en este trabajo se afronta el estudio de los remedios jurídicos frente a la vulneración de la "bona fides in contrahendo", tanto cuando el contrato no llega a concluirse, como cuando sí llega a perfeccionarse. En este último caso, distinguimos diferentes escenarios: que el contrato celebrado resulte inválido, o, por el contrario, que sea válido. |
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