Análisis del Dieselgate desde el Derecho civil (a propósito de la Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, Sección Pleno, 561/2021, de 23 de julio)

La manipulación de los estándares de emisión de gases a través de dispositivos electrónicos instalados en, aproximadamente, 11 millones de automóviles Volkswagen en todo el mundo, conocida como Dieselgate, ha supuesto uno de los mayores escándalos industriales de las últimas décadas. Con referencia...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Rodríguez Guitián, Alma María
Tipo de recurso: artículo
Fecha de publicación:2022
País:España
Institución:Universidad Autónoma de Madrid
Repositorio:Biblos-e Archivo. Repositorio Institucional de la UAM
Idioma:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uam.es:10486/711234
Acceso en línea:http://hdl.handle.net/10486/711234
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:dieselgate
principio de relatividad de los contratos
daño moral contractual
responsabilidad del fabricante no vendedor
falta de conformidad
remedios por el incumplimiento contractual
consumidor
Derecho
Descripción
Sumario:La manipulación de los estándares de emisión de gases a través de dispositivos electrónicos instalados en, aproximadamente, 11 millones de automóviles Volkswagen en todo el mundo, conocida como Dieselgate, ha supuesto uno de los mayores escándalos industriales de las últimas décadas. Con referencia a sus consecuencias jurídicas desde el Derecho Civil, la manipulación llevada a cabo por Volkswagen puede dar lugar tanto a reclamaciones contractuales como extracontractuales, y a remedios contra el vendedor y/o contra el fabricante. El examen crítico de la Sentencia del Tribunal Supremo de 23 de julio de 2021 posibilita analizar temáticas que hoy en día son muy debatidas y difíciles de resolver, tales como el alcance del principio de relatividad de los contratos, los daños morales contractuales y la responsabilidad directa del fabricante no vendedor. Por una parte, respecto a los daños no patrimoniales derivados del incumplimiento contractual el problema no es ya su admisión sino las condiciones en las que su reparación será procedente. Por otra parte, en la actualidad es muy difícil construir la responsabilidad del fabricante no vendedor por la falta de conformidad del bien debido al principio de la relatividad de los contratos y a los limitados remedios que ofrece la normativa del Derecho Contractual. La decisión del Tribunal Supremo apunta argumentos jurídicos y criterios para solucionar ambas cuestiones