El recurso de revisión como cauce de ejecución de las sentencias del Tribunal de Estrasburgo: pasado, presente y futuro

El carácter subsidiario de las demandas ante el Tribunal de Estrasburgo, consecuencia de su naturaleza internacional, ha hecho de la ejecución de sus sentencias uno de los principales desafíos para la evolución del sistema a medio y largo plazo. El necesario agotamiento de los recursos internos con...

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Detalhes bibliográficos
Autor: Montesinos Padilla, Carmen
Formato: artículo
Fecha de publicación:2016
País:España
Recursos:Universidad Complutense de Madrid (UCM)
Repositorio:Docta Complutense
Idioma:español
OAI Identifier:oai:docta.ucm.es:20.500.14352/23998
Acesso em linha:https://hdl.handle.net/20.500.14352/23998
Access Level:acceso abierto
Palavra-chave:Recurso de revisión
Rjecución de sentencias
Restitutio in integrum
Subsidiariedad
Tribunal Europeo de Derechos Humanos
Appeal for review
Enforcement of judgments
European Court of Human Rights
Subsidiarity
Derecho
Derecho procesal
56 Ciencias Jurídicas y Derecho
Descrição
Resumo:El carácter subsidiario de las demandas ante el Tribunal de Estrasburgo, consecuencia de su naturaleza internacional, ha hecho de la ejecución de sus sentencias uno de los principales desafíos para la evolución del sistema a medio y largo plazo. El necesario agotamiento de los recursos internos con carácter previo a la interposición de la demanda dificulta sobremanera la ejecución de las sentencias de este tribunal internacional, que se enfrenta indefectiblemente a la firmeza de las resoluciones de los jueces y tribunales nacionales. En España hemos tardado más de treinta años en disponer de un mecanismo procesal que incorpore, como motivo expreso de reapertura de procedimientos internos, la concurrencia de una sentencia condenatoria con origen en Estrasburgo. Y el uso del recurso de revisión a tales efectos fue ya criticado con carácter previo a la reciente reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Queda por ver si estas críticas han sido superadas tras la reforma y si la práctica de la revisión supone el remedio definitivo para la tan polémica cuestión de la ejecución de las sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.