Cambios productivos y/o funcionales fruto de la digitalización: hacia una transición justa

[ES] La mayor parte de los balances que a día de hoy se han realizado sobre la recepción de las cuestiones derivadas de la digitalización por los convenios colectivos coinciden en calificarla como una gestión baja y reactiva. Algo lógico, de pensar que los cambios disruptivos provocan consecuencias...

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Detalhes bibliográficos
Autor: Fernández Domínguez, Juan José
Formato: capítulo de livro
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2025
País:España
Recursos:Universidad de León
Repositorio:BULERIA. Repositorio Institucional de la Universidad de León
OAI Identifier:oai:buleria.unileon.es:10612/25949
Acesso em linha:https://expinterweb.mites.gob.es/libreriavirtual/descargaGratuita/WIYE1143
https://hdl.handle.net/10612/25949
Access Level:acceso abierto
Palavra-chave:Derecho
Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social
Cambios productivos
Cambios funcionales
Digitalización
Transición justa
56 Ciencias Jurídicas y Derecho
5605.08 Derecho Privado
Descrição
Resumo:[ES] La mayor parte de los balances que a día de hoy se han realizado sobre la recepción de las cuestiones derivadas de la digitalización por los convenios colectivos coinciden en calificarla como una gestión baja y reactiva. Algo lógico, de pensar que los cambios disruptivos provocan consecuencias que también lo son, y la transformación tecnológica sin precedentes de seguro afectará a algunas señas de identidad fundamentales de la negociación colectiva en cuanto atañe a sujetos, efectos, procedimiento, estructura o contenido. Cabrá presumir, por ende, un proceso de paulatina respuesta a la nueva realidad que, desde el sector y descendiendo a la empresa, consiga proporcionar orientación a un sistema heterogéneo donde cada unidad de negociación tiene sus propias prioridades, apegadas a los intereses económicos más inmediatos. A sus resultas, más difíciles de domeñar en aras de conseguir esa acción prelegislativa que se espera de la institución, incluso yendo más allá de sus límites funcionales (para acoger unidades nuevas), personales (con el propósito de integrar a quienes no responden al patrón de trabajador en sentido estricto según se concibe en la actualidad) y de contenido (a fin de incorporar nuevas inquietudes de los protagonistas de las relaciones laborales).