La coordinación entre el Registro de la Propiedad y el Catastro Inmobiliario. La inscripción de la descripción georreferenciada de la finca en el Registro y su concordancia catastral

Se analiza la coordinación entre el Registro de la Propiedad y el Catastro Inmobiliario dentro del Ordenamiento Jurídico Español, teniendo en cuenta la última gran reforma de la Ley Hipotecaria y la Ley del Catastro Inmobiliario, que tiene como principal objetivo la coordinación entre ambas instituc...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Pascua Moreno, Miguel Ángel
Tipo de recurso: tesis doctoral
Estado:Versión aceptada para publicación
Fecha de publicación:2025
País:España
Institución:Universidad de Burgos (UBU)
Repositorio:Repositorio Institucional de la Universidad de Burgos (RIUBU)
OAI Identifier:oai:riubu.ubu.es:10259/10837
Acceso en línea:https://hdl.handle.net/10259/10837
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Registro de la Propiedad
Catastro Inmobiliario
Finca
Georreferenciación
Inmatriculación
Property Registry
Real Estate Cadastre
Estate
Georeferencing
Registration
Registro de la propiedad
Land titles-Registration and transfer
5605.02 Derecho Civil
5605.08 Derecho Privado
Descripción
Sumario:Se analiza la coordinación entre el Registro de la Propiedad y el Catastro Inmobiliario dentro del Ordenamiento Jurídico Español, teniendo en cuenta la última gran reforma de la Ley Hipotecaria y la Ley del Catastro Inmobiliario, que tiene como principal objetivo la coordinación entre ambas instituciones, y que ha sido llevada a cabo mediante la Ley 13/2015, de 24 de junio. Son analizadas las discordancias existentes entre ambas instituciones a la hora de regular la información referente a la descripción de la finca, que es el elemento común que las une, así como los métodos utilizados para rectificar esta discordancia, con los cuales se puede llegar a una coordinación plena entre ambas instituciones, haciendo especial referencia a la georreferenciación gráfica de la descripción de la finca, como elemento esencial para llegar a la citada coordinación. En el análisis de la reforma legal operada en dos mil quince, se destaca el gran avance que ha supuesto la misma en la cooperación y coordinación entre ambas instituciones, y a su vez, la potenciación de una mayor concordancia entre el Registro de la Propiedad y la realidad física y jurídica extrarregistral, todo ello sin llegar aún a una coordinación plena entre ambos organismos, siendo este el fin último al que tiene que aspirar el legislador a la hora de regular esta materia.