La LOMCE o la renovación educativa a plazos

Se hace una reflexión sobre los aspectos positivos de la LOMCE, las modificaciones, derogaciones y novedades que incorpora en su articulado. Se comentan algunas de esas modificaciones y se hace una valoración de las mismas: a) el establecimiento de pruebas externas estatales de final de etapa; b) la...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Cabello Hernandorena, Isidro
Tipo de recurso: artículo
Fecha de publicación:2013
País:España
Institución:Ministerio de Educación y Formación Profesional (MEFP)
Repositorio:Redined. Red de Información Educativa
OAI Identifier:oai:redined.educacion.gob.es:11162/235944
Acceso en línea:https://hdl.handle.net/11162/235944
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:España
legislación educativa
reforma educativa
Ley Orgánica 8/2013 para la mejora de la calidad educativa (LOMCE)
Descripción
Sumario:Se hace una reflexión sobre los aspectos positivos de la LOMCE, las modificaciones, derogaciones y novedades que incorpora en su articulado. Se comentan algunas de esas modificaciones y se hace una valoración de las mismas: a) el establecimiento de pruebas externas estatales de final de etapa; b) la nueva clasificación de las materias y asignaturas en troncales, específicas y de libre configuración autonómica; c) las nuevas modalidades de Formación Profesional, la Formación Profesional Básica y la Formación Profesional dual y su regulación; d) el establecimiento de la lengua castellana como lengua vehicular, compartida la condición con otras lenguas cooficiales en sus respectivos territorios; e) una concepción de la dirección escolar más profesional, con mayores competencias y más ligada a la Administración; f) la conversión del Consejo Escolar en un órgano de participación para la deliberación y consulta y no para la decisión; g) los cambios curriculares, de criterios de evaluación en la secundaria y la doble vía en 4º de ESO; h) los cambios curriculares, de modalidades y de criterios de evaluación en Bachillerato; i) los cambios curriculares y de criterios de evaluación en Primaria; j) las condiciones de acceso y admisión de la FP; k) el reconocimiento del profesorado como autoridad pública; l) el énfasis en la mención explícita de las distintas competencias educativas que corresponden al Estado por medio del Gobierno y el Ministerio y en la aclaración del concepto “Sistema educativo español”; m) la retirada de las PAU, aunque abriendo la posibilidad de otros procedimientos de admisión a enseñanzas universitarias. Se considera que, en su conjunto, los cambios pueden resultar beneficiosos para el sistema educativo español. Algunas deficiencias probablemente se corregirán en los desarrollos normativos.