¿Qué pueden aportar las nuevas teorías de la referencia al debate entre Hart y Dworkin?

Tras reconstruir los elementos que considero centrales de las nuevas teorías de la referencia, según las cuales los individuos no tienen que asociar los términos con descripciones que les sean transparentes y que determinen la referencia, en este trabajo sostengo que, aunque generalmente se las asoc...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Ramírez Ludeña, Lorena
Tipo de recurso: artículo
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2016
País:España
Institución:Varias* (Consorci de Biblioteques Universitáries de Catalunya, Centre de Serveis Científics i Acadèmics de Catalunya)
Repositorio:Recercat. Dipósit de la Recerca de Catalunya
OAI Identifier:oai:recercat.cat:10230/72252
Acceso en línea:https://hdl.handle.net/10230/72252
http://dx.doi.org/10.14198/DOXA2016.39.09
http://hdl.handle.net/10230/72252
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Dworkin
Positivismo jurídico
Nuevas teorías de la referencia
Interpretación jurídica
Desacuerdos teóricos
Legal positivism
New theories of reference
Legal interpretation
Theoretical disagreements
Descripción
Sumario:Tras reconstruir los elementos que considero centrales de las nuevas teorías de la referencia, según las cuales los individuos no tienen que asociar los términos con descripciones que les sean transparentes y que determinen la referencia, en este trabajo sostengo que, aunque generalmente se las asocia con concepciones no positivistas acerca del derecho, resultan también compatibles con el positivismo de corte hartiano y, de hecho, de utilidad en su disputa con Dworkin por lo que respecta a los desacuerdos jurídicos.