¿Qué pueden aportar las nuevas teorías de la referencia al debate entre Hart y Dworkin?
Tras reconstruir los elementos que considero centrales de las nuevas teorías de la referencia, según las cuales los individuos no tienen que asociar los términos con descripciones que les sean transparentes y que determinen la referencia, en este trabajo sostengo que, aunque generalmente se las asoc...
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| Tipo de recurso: | artículo |
| Estado: | Versión publicada |
| Fecha de publicación: | 2016 |
| País: | España |
| Institución: | Varias* (Consorci de Biblioteques Universitáries de Catalunya, Centre de Serveis Científics i Acadèmics de Catalunya) |
| Repositorio: | Recercat. Dipósit de la Recerca de Catalunya |
| OAI Identifier: | oai:recercat.cat:10230/72252 |
| Acceso en línea: | https://hdl.handle.net/10230/72252 http://dx.doi.org/10.14198/DOXA2016.39.09 http://hdl.handle.net/10230/72252 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | Dworkin Positivismo jurídico Nuevas teorías de la referencia Interpretación jurídica Desacuerdos teóricos Legal positivism New theories of reference Legal interpretation Theoretical disagreements |
| Sumario: | Tras reconstruir los elementos que considero centrales de las nuevas teorías de la referencia, según las cuales los individuos no tienen que asociar los términos con descripciones que les sean transparentes y que determinen la referencia, en este trabajo sostengo que, aunque generalmente se las asocia con concepciones no positivistas acerca del derecho, resultan también compatibles con el positivismo de corte hartiano y, de hecho, de utilidad en su disputa con Dworkin por lo que respecta a los desacuerdos jurídicos. |
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