La prestación de servicios de crucero por armadores y buques extracomunitarios entre : Cuestiones planteadas
El presupuesto fáctico inicial se da con la prestación de servicios de crucero, de forma regular o intermitente, con buques de crucero extracomunitarios, entre puertos españoles: a) Si un Servicio de Crucero prestado de forma esporádica, por buques con pabellones no comunitarios, con inicio en Barce...
| Autor: | |
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| Formato: | informe técnico |
| Fecha de publicación: | 2013 |
| País: | España |
| Recursos: | Universitat Politècnica de Catalunya (UPC) |
| Repositorio: | UPCommons. Portal del coneixement obert de la UPC |
| Idioma: | español |
| OAI Identifier: | oai:upcommons.upc.edu:2117/18236 |
| Acesso em linha: | https://hdl.handle.net/2117/18236 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palavra-chave: | Shipping Navegació de cabotatge -- Espanya Vaixells de passatge Transport marítim Àrees temàtiques de la UPC::Nàutica::Infraestructures portuàries Àrees temàtiques de la UPC::Nàutica |
| Resumo: | El presupuesto fáctico inicial se da con la prestación de servicios de crucero, de forma regular o intermitente, con buques de crucero extracomunitarios, entre puertos españoles: a) Si un Servicio de Crucero prestado de forma esporádica, por buques con pabellones no comunitarios, con inicio en Barcelona y que efectuará escalas diferentes puertos Españoles y vuelta a Barcelona, se puede prestar en el Estado Español b) Si un Servicio de Crucero con inicio Barcelona y que efectuara escalas en diferentes puertos Españoles finalizando el crucero en Málaga, se puede prestar en el Estado Español. El presente estudio analizará de forma inicial, la normativa nacional y comunitaria aplicable, expresándose en las conclusiones y, respecto a los supuestos de hecho planteados, la interpretación de la normativa, al entender del autor, sin que en ningún caso dicha interpretación jurídica, se pueda entender como vinculante para ningún tercero |
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